Compañeras y compañeros:
Recordaros a todos y todas que hace pocos días despidieron al compañero Francisco Bautista.
La dirección se ha cogido a la última reforma laboral utilizando el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que indica lo siguiente:
<<Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores
alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses>>
Esta Sección Sindical ha estado en todo momento en contacto con el compañero despedido y con su familia.
Después de que esta Sección Sindical se reuniese con el Secretario General Provincial y varias reuniones de ejecutiva, se están tomando decisiones de medidas a tomar.
El despido de un trabajador, de un padre de familia, nunca es justificable.
Saludos.